Esta semana la Suprema Corte ha puesto en su lista de casos que revisará el del llamado “amparo de los intelectuales”, promovido por un grupo de escritores, académicos y periodistas contra la reforma constitucional de 2007.
Firmé esa solicitud de amparo por mi desacuerdo fundamental con la reforma, que sometió a una innecesaria y contraproducente cirugía mayor al Instituto Federal Electoral, la joya de la corona de la transición democrática mexicana, y porque una de sus provisiones, en particular, atenta contra la libertad de expresión.
Esa provisión es la que establece en el artículo 41 constitucional reformado: “Ninguna otra persona física o moral (aparte de los partidos y el IFE) podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos”.
El artículo 6 dice: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa”.
Creo que la prohibición del artículo 41 contradice el espíritu del artículo 6 en materia de libre manifestación de las ideas. Peor aún: subordina esa libertad a un criterio de orden político electoral, muy inferior en su rango al de las libertades individuales garantizadas en la Constitución.(…)
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