martes, 15 de febrero de 2011

Inaceptable, dictamen sobre reforma electoral, denuncian opositores a PAN y PRI



Quadratín (Michoacán)
Género: Nota informativa
Publicación: 14 de febrero de 2011 – 22:34
Autor: Redacción

MORELIA, Mich., 14 de febrero de 2011.- Los diputados de la fracción parlamentaria del PRD, así como los legisladores únicos de Nueva Alianza, Convergencia, Partido de Trabajo y Verde Ecologista consideraron inaceptable el dictamen mediante el cual se aprobó un nuevo Código Electoral para Michoacán. 

A continuación el texto íntegro de un desplegado enviado a los medios de comunicación con la postura:
A la opinión pública
A la ciudadanía en general

Las diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, los diputados únicos de partido, de Nueva Alianza, Juan Manuel Macedo Negrete, del Partido del Trabajo, Roberto Arriaga Colín, del Partido Convergencia, Luis Manuel Antúnez Oviedo, y del Partido Verde Ecologista, Arturo Guzmán Abrego, consideramos inaceptable el Dictamen mediante el cual se aprobó el día de hoy, por las fracciones parlamentarias del Partido Revolucionario Institucional y el de Acción Nacional, un nuevo Código Electoral para nuestro Estado.

Resulta importante hacer del conocimiento de la opinión pública que con esta fecha, se entregó a los grupos parlamentarios del PRI y del PAN, un documento signado por los diputados antes mencionados, el cual contenía las observaciones y propuestas que a continuación se detallan. Se buscaba con ello lograr construir una reforma de consenso que pudiera ser aprobada de manera unánime por todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso:

I. Otorgar representación paritaria de género en las listas para candidatos de representación proporcional de cada partido en la integración del Congreso Local, partiendo de la base de que el 52 por ciento del padrón electoral está conformado por mujeres

II. Incorporar a las funciones del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) la responsabilidad para organizar los procesos de participación ciudadana;

III. Determinar con claridad el procedimiento para llevar a cabo el nombramiento del Presidente del IEM, así como el correspondiente a los consejeros y sus suplentes, de acuerdo a la reforma constitucional aprobada para tales efectos;

IV. Establecer en el dictamen la exposición de motivos, los alcances e innovaciones de la Reforma así como contemplar un artículo transitorio que derogara al Código Electoral actual. En su defecto, definir el dictamen como uno de reformas al Código actual y enumerar cada uno de los artículos que se buscaba modificar;

V. Excluir del dictamen la autorización de promoción para campañas turísticas durante el periodo electoral, tal como lo hacen las disposiciones federales en la materia;

VI. Excluir las disposiciones establecidas en el dictamen sobre el derecho de réplica, ya que se confunde la materia del mismo con los delitos de imprenta, al hablar de calumnia y denigración, lo que atenta en contra de la libertad de expresión.

VII. Atender las recomendaciones que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo formuló a este Congreso, para que los procedimientos administrativos los resuelva en primera instancia el IEM, como órgano administrativo y en una segunda instancia el propio Tribunal, atendiendo a un criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que la resolución de estos asuntos sea expedita y de certeza a las partes; y no perder así, una instancia, tal y como se establece en el dictamen.

VIII. Que al contrario de lo que señala el dictamen en el sentido de que sea facultad discrecional del Presidente, presentar una terna para designar a los titulares de la Unidad de Fiscalización y Contraloría del IEM; se propuso que fuese mediante un procedimiento de convocatoria pública, a fin de apostarle a un proceso transparente a partir de que las personas que ocupen dichos cargos, sean calificadas, competentes, expertas en la materia y garanticen su absoluta autonomía del Presidente del Consejo General del IEM.

Sobre el particular nunca hubo una respuesta a este comunicado y sólo nos enteramos de la inclusión de la recomendación señalada en el numeral IV, una vez que el dictamen fue aprobado por los diputados del PRI y del PAN.

Con esto queda de manifiesto que la prioridad de los partidos que aprobaron el dictamen aquí referido, nunca fue la de construir un acuerdo de consenso, sino de imponer criterios de carácter particular.

Morelia, Michoacán a 14 de febrero de 2011

Atentamente
Diputado Juan Manuel Macedo Negrete
Partido Nueva Alianza
Diputado Roberto Arriaga Colín
Partido del Trabajo
Diputado Luis Manuel Antúnez Oviedo
Partido Convergencia
DIPUTADOS DEL PRD
Dip. Mauricio Prieto Gómez
Dip. Gabriela Molina Aguilar
Dip. Enrique Bautista Villegas
Dip. Jesús Lucas Ángel
Dip. Gustavo Ávila Vázquez
Dip. Francisco Campos Ruiz
Dip. Antonio García Conejo
Dip. Antonio Cruz Lucatero
Dip. Heriberto Lugo Contreras
Dip. Arquímides Oseguera Solorio
Dip. Iván Madero Naranjo
Dip. Miriam Tinoco Soto
Dip. Raúl Morón Orozco
Dip. Jaime Hinojosa Campa

No hay comentarios:

Publicar un comentario