Luego de decisiones judiciales y contradecisiones, el litigio Iusacell-TV Azteca contra Televisa-Nextel entró en una fase delicada: el 13 de octubre, el juez capitalino Vigésimo Séptimo de lo Civil estableció la afirmación judicial de que Televisa-Nextel cometieron actos ilícitos para conseguir el título de concesión para la explotación del espectro radioeléctrico.
Por ello es que el litigio ya no es de competencia entre empresas por una concesión, sino que el asunto reveló corrupción por parte de Televisa-Nextel. Y como los únicos que pudieran haber cometido esos ilícitos eran las autoridades, entonces el gobierno federal está obligado a abrir una averiguación previa contra la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Telecomunicaciones, cuyos titulares Juan Molinar Horcasitas y Mony de Swaan aparecen justamente en el centro del escándalo.
La sentencia del juez Gilberto Ruiz Hernández es muy clara porque invoca el artículo 3º de la ley federal de sociedades mercantiles y porque debido a los ilícitos ordena la liquidación inmediata de la empresa NII Digital SA de CV, propiedad de Televisa-Nextel. El artículo 3º es muy nítido en sus referencias a la corrupción, sobre todo porque encauza responsabilidades penales:
Artículo 3º.- Las sociedades que tengan un objeto ilícito o ejecuten habitualmente actos ilícitos, serán nulas y se procederá a su inmediata liquidación, a petición que en todo tiempo podrá hacer cualquiera persona, incluso el Ministerio Público, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar.
La liquidación se limitará a la realización del activo social, para pagar las deudas de la sociedad, y el remanente se aplicará al pago de la responsabilidad civil, y en defecto de ésta, a la Beneficencia Pública de la localidad en que la sociedad haya tenido su domicilio. (…)
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