Por la tragedia en la guardería ABC y en cumplimiento de las órdenes de aprehensión giradas el 23 de septiembre por el juez segundo de distrito en Hermosillo, en acato (sin recato) de la ¿orden? del Ministerio Público federal, fueron detenidos: el ex director de Inspección y Vigilancia del Ayuntamiento de Hermosillo, Jesús Davis Osuna, así como el ex director de Recaudación y el ex subdirector de Control Vehicular de la Secretaría de Hacienda del estado de Sonora, Fausto Salazar Gómez y Jorge Luis Melchor Islas.
Seis días después, el mismo juez dictó a los tres el auto de formal prisión como probables responsables de homicidio y lesiones en perjuicio de las víctimas de la desgarradora tragedia.
Las razones y fundamentos del obsecuente juez (Jorge Raúl Valencia Ruiz), tanto para ordenar las aprehensiones como para enchiquerar a los ex funcionarios, son los mismos que aplicó la Suprema Corte de Justicia de la Nación para determinar que estas nuevas víctimas propiciatorias intervinieron en la violación de garantías individuales, pero ahora para pretender fincarles responsabilidad ¡penal!
El que la Suprema Corte sostenga que dichos ex funcionarios intervinieron en la violación de garantías individuales no implica de manera automática que sean punibles, desde el punto de vista penal, por la muerte y lesiones de los menores.
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La propia Suprema Corte, a foja 31 de la resolución dictada con motivo de la facultad de investigación 1/2009, establece que: … es necesario precisar que la presente resolución no tiene como efecto adjudicar responsabilidades, sino únicamente precisar las autoridades que, en su caso, intervinieron en la violación grave de garantías. (…)
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