martes, 6 de septiembre de 2011

Presentada por el PRD al Senado, fue suscrita por Movimiento Ciudadano


INICIATIVA PARA INCORPORAR A CINCO CIUDADANOS
AL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

·         También se incorporarían dos senadores y dos diputados.

Los senadores del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, suscribieron hoy una iniciativa presentada por los senadores del PRD Tomás Torres Mercadoy Rosalinda López Hernández, con proyecto de decreto para que se incluya a cinco consejeros ciudadanos y a cuatro representantes del Poder Legislativo en el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

Para ello se proponen reformas a diversos artículos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que establece los instrumentos, las acciones y los mecanismos de seguimiento y evaluación tendientes a cumplir los objetivos y fines de la seguridad pública.

En la exposición de motivos, los autores de la iniciativa señalan que, aunque desde su creación en 1996, este órgano ha sido el responsable de tomar decisiones fundamentales para preservar la seguridad y tranquilidad de los mexicanos, fue constituido de forma tal que ha permanecido cerrado a la participación directa de los ciudadanos, quienes son los destinatarios de todo lo que allí se discute y se resuelve.

De conformidad con la propuesta, que responde a diversas voces de la sociedad civil y organizaciones, los cinco ciudadanos serían miembros del Consejo Nacional con derecho a voz y voto. Estos consejeros serán ratificados por el Senado de la República a propuesta que realicen los rectores de las cinco instituciones de educación superior con mayor prestigio y representatividad. Durarán en su encargo tres años y podrán ser  reelectos por una sola vez.

Quienes ocupen estos puestos, deberán ser mexicanos, mayores de treinta años, miembros de la sociedad civil organizada y haber desarrollado actividades destacadas en favor de la justicia, la seguridad pública y el respeto a los Derechos Humanos, o haberse desempeñado de forma destacada en el ámbito profesional, docente o de investigación, en relación a tales materias.

Para garantizar su independencia, los consejeros ciudadanos no deberán haber  ocupado cargos de elección popular, ni haber sido titulares de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal o de las entidades federativas, ni titulares de algún organismo constitucional autónomo federal o local, en los cinco años anteriores al día de la designación. De manera complementaria, no podrán ocupar cargos en la Administración Pública Federal o de las entidades federativas, ni ser candidatos a cargos de elección popular Federal o local, durante los tres años posteriores a la conclusión del cargo.

De forma paralela y para fortalecer la representatividad del Consejo, se propone incluir a cuatro representantes del Poder Legislativo, que serán los presidentes de las comisiones ordinarias de Seguridad Pública y de Justicia de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores. Los representantes del Congreso de la Unión podrán ser suplidos en sus ausencias por los secretarios de la comisión ordinaria a que pertenezcan.

Los cinco consejeros ciudadanos y los cuatro representantes del Poder Legislativo deberán suscribir un acuerdo de  confidencialidad sobre la información reservada o sensible a que tengan acceso con motivo del desempeño de sus responsabilidades en el Consejo.
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Senado de la República
LXI Legislatura

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