miércoles, 23 de marzo de 2011

El Mando Único y el municipio de Aguascalientes



La Jornada de Aguascalientes
Género: Opinión
Publicación: 23 de marzo  de 2011 – 03:19
Autor: Vicente Pérez Almanza

Con la aprobación unánime por el Cabildo del Municipio de Aguascalientes, la Alcaldesa Lorena Martínez Rodríguez podrá signar con el Estado el Convenio de Coordinación de Función Pública, mejor conocido como Mando Único, por lo que será cuestión de días para entre en operación este nuevo modelo de policía, “que nace como la herramienta fundamental para acabar con la inseguridad pública”.

Como motivos principales para firmar un convenio de esta naturaleza, establecen los que en el firmarán que: “en este momento, a pesar de la existencia de más de mil corporaciones en todo el país, la falta de coordinación y unidad de mando la delincuencia encuentre espacios sociales propicios de acción y que por tal motivo se hace necesario realizar la coordinación de todas las fuerzas del orden público del Estado, en un mando único a cargo del Ejecutivo Estatal”.

No fue fácil para que en el Cabildo otorgáramos tal facultad a la Alcaldesa. El debate se sustentó en varios aspectos de relevada importancia, considerando que este nuevo modelo de coordinación tiene su origen en la Iniciativa para reformar artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada al Senado de la República por Felipe Calderón Hinojosa, quien exhibe como razón fundamental para la creación del mismo, la corrupción, ineficacia e incompetencia de las policías municipales.

En la exposición de motivos se reconoce el fracaso de la Reforma Constitucional de 1994 que sustentó la coordinación en materia de seguridad pública y reconoce la especial capacidad corruptora de la delincuencia organizada, basada en su poderío económico, el cual ha vulnerado a las instituciones policiales, principalmente a las municipales. En otro apartado, lamenta Calderón Hinojosa las sumas millonarias (13 mil 918 millones de pesos en 2010) que a través del FASP, FORTAMUN y SUBSEMUN son destinados a la seguridad pública municipal, sin que se obtengan resultados satisfactorios.

Aduce el promotor de esa iniciativa como factores del deterioro de la policía municipal la inexistencia de un modelo policial claro, procedimientos variados y difusos así como disparidades o asimetría estructurales y presupuestales que hacen proclive a los miembros de las corporaciones a la cooptación, corrupción e infiltración por parte de la delincuencia organizada que aprovecha la baja o nula capacitación, la carencia de instrucción básica y el pésimo salario de los elementos policiacos para sumarlos a su causa.

Estas son las razones que expone para prácticamente desaparecer a la Policía Municipal, al subordinarla al Mando del Ejecutivo Estatal o de quien éste designe, asumiendo este a la vez, el compromiso de brindar Seguridad Publica a los Municipios que lo requieran.

Este vacío legal, así como el debate relativo a la propuesta que solucione el grave problema de la inseguridad pública no ha sido tocado por el Senado, la Constitución tampoco ha sufrido reforma alguna.
Por lo que el Mando Único, por muy favorable que pretenda presentarse, no deja de ser INCONSTITUCIONAL, ¿quién puede llamarse respetuoso del Estado de Derecho tras la firma de un documento de tal naturaleza?.

Sin embargo, el seguimiento, evaluación y control a las acciones en materia de seguridad pública así como reorganizar y fortalecer los mecanismos de coordinación parecen un buen inicio de recomposición en materia de seguridad pública, que mientras no sean abordados por los Senadores habrán de ser retomados en el ámbito de su competencia por los gobiernos estatales y municipales, de lo contrario los cabildos situaremos a los municipios en el mismo lugar en que el Congreso de la Unión situó a nuestro País al aprobar el Plan Mérida, que a cambio de unos cuantos millones de dólares se permitió la intervención de vecino País del norte, y con ello, el consentimiento para que se vulnerara la soberanía nacional, con las deplorables consecuencias ya por todos conocidas.

La autonomía municipal así como la soberanía no debieran tener precio, pero ante tantas medidas erráticas de quien dirige las riendas de este país, no podemos ser solamente observadores; no actuar y solo criticar, nos coloca en el mismo nivel, nos hace cómplices ante tanta opacidad y omisión, en un tema que brilla con el justo reclamo ciudadano: garantizar la tranquilidad paz social.

Hoy que me toca ser miembro del cabildo del Municipio de Aguascalientes, no seré yo quien obstaculice proyectos que traen consigo aparejado la esperanza de miles de ciudadanos que esperan que las cosas mejoren. Cuidar la autonomía del Municipio es una obligación que no debemos minimizar. La historia nos ha enseñado que dar demasiado poder a una sola persona, solamente es tenderle el puente para llegar a la ciudad de la perfecta dictadura.

Por ello, mi negación para aprobar algunas cláusulas tras encontrar algunas aberraciones en el cuerpo del convenio: No debiera llamarse de “convenio de coordinación”, cuando sólo es uno el que manda, ordena y a juicio del mismo ejecuta, sin existir reciprocidad en las obligaciones nacientes. Lo cual sepulta las acciones de coordinación así como los Principios de corresponsabilidad y subsidiariedad.

En atención a la lógica jurídica y al sentido común, no puede una autoridad ser juez y parte so pena de parecer autoritario, es impensable que el Titular del Poder Ejecutivo, representante del Gobierno del Estado funja como árbitro en caso de conflicto. Lo más deseable es la sujeción a la ética y lo impostergable es la sumisión a la ley.
Aunque queda clara la subordinación de una Policía a otra, el documento plasma la sumisión y obediencia que debe guardar la Policía Municipal al informar al Gobierno del Estado sobre su aeronave, al poner a disposición la información que posee, así como las novedades diarias sin y si limitantes para que esta acceda a la información que pueda tener el Gobierno del Estado.

Además, siendo claros, la principal ventaja de firmar un documento de esta naturaleza es la obtención de recursos federales, los mismos que bajan de manera anual, ¿entonces por qué el aferramiento a firmar por todo lo que resta de esta administración municipal?, ¿Por qué no permitir que cada año se renueve el convenio? ¿Qué no sería más eficiente que se firmara año con año como forma de medir la efectividad del mismo?, ¿Qué diremos a quién nos solicite seguridad pública?… podremos decir misa, pero nunca se debiera contestar: “Discúlpenos, cuestiones de seguridad pública ya no son de nuestra competencia en lo que resta de la administración, pase al palacio de al lado”, como sin duda contestarán quienes votaron a favor de que se hiciera el convenio por los tres años.

Quiero iniciar mi intervención agradeciendo la disposición de mis compañeros de la Comisión de Seguridad Pública, quienes con un debate profundo de las ideas, hicieron importantísimas aportaciones al Convenio de Coordinación de Función Pública, (mejor conocido como Mando Único) de en aras siempre, de defender la autonomía municipal, sin caprichos ni posturas partidistas, velando en todo momento por uno de los reclamos sociales más sentidos: la seguridad Pública.

Sin embargo, ¿por qué no hacer algunas puntualizaciones?

La propuesta de fortalecer integralmente las corporaciones en todos los órdenes de gobierno tales como Ministerios Públicos, Jueces y Policías, Poner énfasis en la prevención social del delito con programas educativos, deportivos, recreativos y laborales para los jóvenes así como fortalecer la corresponsabilidad entre los órdenes de gobierno.

La cláusula primera representa una amenaza gradual de subordinación permanente al señalar como objeto del Convenio "establecer las bases para la realización de operativos en caso de alteración del orden público" para después señalar: operativos permanentes de prevención y vigilancia bajo el sometimiento, mando, órdenes, juicio y rectoría del Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, el cual a pesar de todo, no se asume como Patrón ni admite responsabilidad alguna (cláusulas tercera, cuarta y séptima) lo cual sepulta las acciones de coordinación así como los Principios de corresponsabilidad y subsidiariedad que son rectores al momento de concebir la creación del Mando Único Policial.

También la cláusula novena establece la posibilidad de la permanencia del Mando en caso necesario, por supuesto a juicio del estado.

La cláusula octava pareciera ser el anzuelo para que los municipios entreguen el mando a una autoridad distinta a la que señala la ley: la agilización del trámite para la obtención de recursos federales, esto sin que el Municipio deje de gestionar mayores participaciones. Cláusula que por perniciosa debiera desaparecer del Documento lo cual no afectaría en nada el trámite gestión de recursos federales por parte del Municipio.

Sobran también las cláusulas Vigésima Cuarta y Vigésima Quinta las cuales refieren que las partidas asignadas al Municipio por parte de la federación serán ejercidas por él mismo, plasmar como si se tratase de una concesión lo establecido en la ley es un absurdo que estorba en documento signado por autoridades que conocen sus derechos y obligaciones.

Tampoco puedo aprobar la cláusula Vigésima Octava

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