martes, 29 de marzo de 2011

[Héctor Aguilar Camín. Día con día] Falla la Corte


La Corte falló ayer contra el llamado “amparo de los intelectuales”, el alegato de un grupo de ciudadanos contra la prohibición de que alguien pueda comprar tiempo en radio y televisión para emitir opiniones y mensajes políticos de carácter electoral.

Esa prohibición, a juicio de los quejosos, entre los que me incluyo, violenta o contradice derechos constitucionales básicos, como la libertad de expresión, la no discriminación, la libertad de asociación y la igualdad ante la ley.

La reforma constitucional de 2008 que impugna nuestro amparo, prohíbe también las “campañas negativas”, es decir, que los partidos, únicos que según la reforma sí pueden anunciarse, no pueden hablar mal de sus adversarios: no pueden hacer “campañas negativas”.

Tampoco pueden hacer campaña sino utilizando los tiempos oficiales —los tiempos del Estado en los medios electrónicos— que les asigna y programa el Instituto Federal Electoral, ese árbitro al que los mismos legisladores responsables de la reforma cambiaron de arriba a abajo, destituyendo escalonadamente a todos sus miembros, violando después los plazos constitucionales que ellos mismos se habían dado para nombrar a los nuevos consejeros, luego de subordinarlos a la inspección de un contralor que nombra el Congreso.

Adicionalmente, la reforma de 2008 impone al IFE cargas institucionales de riesgosa o imposible ejecución, como programar todas las pautas publicitarias de los partidos durante la campaña y vigilar su cumplimiento, lo cual no garantiza sino largas querellas e insatisfactorias soluciones: el desgaste de un árbitro antes prestigiado, hoy disminuido al punto de que se habla ya, en columnas y desayunos, de su posible nueva sustitución, sin que se haya completado la primera.(…)

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